
- El Comité contra la Tortura concluye que las condiciones de detención del preso saharaui Abdelmoula El Hafidi constituyeron trato degradante y reclama reparación, garantías de no repetición y protección frente a posibles represalias.
Contramutis.-
Marruecos violó la Convención contra la Tortura en el caso del defensor de los Derechos Humanos saharaui Abdelmoula El Hafidi según el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, que ha instado a las autoridades marroquíes a adoptar medidas para reparar el daño y garantizar que las violaciones no se repitan, informa Sáhara Press Service (SPS).
La violación se produjo por las condiciones de detención Abdelmoula El Hafidi en la prisión de marroquí de Ait Melloul, condiciones que constituyeron un trato degradante, como determinó la decisión adoptada por el Comité de la NNUU contra la Tortura el 24 de abril de 2026, durante su 84.º período de sesiones, en relación con la denuncia presentada por Al-Hafizi, representado por el Servicio Internacional de Derechos Humanos (ISHR), en la que se abordaban las condiciones de su detención y las violaciones a las que denunció fue sometido desde su arresto en 2016 en la ciudad de Bojador, en el Sáhara Occidental ocupado.
El Comité confirmó que las condiciones de detención de Hafidi, incluyendo hacinamiento, falta de ventanas, luz y ventilación natural, calefacción inadecuada y sin agua potable suficiente e instalaciones sanitarias, constituyen en conjunto un trato degradante que viola el artículo 16 de la Convención contra la Tortura.
El Comité también concluyó que Marruecos incumplió sus obligaciones en virtud del artículo 13 del Convenio, ya que las autoridades no garantizaron que se llevara a cabo una investigación pronta, imparcial y eficaz de las denuncias relativas a las condiciones de detención, preservando así el derecho a presentar denuncias y a buscar reparación.
El Hafidi fue detenido el 16 de abril de 2016 en Bojador y condenado a diez años de prisión por su participación en protestas en un campus universitario de Marrakech. La sentencia fue confirmada en apelación en abril de 2018 y por el Tribunal de Casación en abril de 2019. El 16 de abril de2026 recuperó la libertad después de permanecer diez años encarcelado, tiempo en el que. según denunció, fue sometido a torturas físicas y psicológicas.
Boqueo a la casa familiar
Tras ser puesto en libertad, las autoridades de ocupación impusieron un intenso bloqueo a la casa de la familia de Abdelmoula El Hafidi. Cuando apenas llevaba 19 días en libertad, Abdelmula El-Hafidi fue secuestrado por agentes marroquís para varias horas después ser abandonado en el desierto, a unos 175 kilómetros de Bojador.
El caso de El Hafidi se enmarca en lo que el Servicio Internacional para los Derechos Humanos (ISHR) y la Asociación para la Protección de los Presos Saharauis en las Cárceles Marroquíes (LPPS) describieron en una declaración conjunta como un «patrón generalizado de represión» contra los defensores de los Derechos Humanos saharauis por su activismo pacífico en defensa del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación. El Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria concluyó en una decisión de 2019 que la privación de libertad de El Hafidi fue arbitraria, señala SPS.
Las dos organizaciones afirmaron que la decisión del Comité contra la Tortura «confirma la realidad cotidiana a la que se enfrentan los presos saharauis detenidos por sus opiniones y posturas», y señalaron que las condiciones degradantes de las cárceles, el aislamiento y la denegación de atención médica se han utilizado como medios de castigo contra los defensores del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación.
Por su parte, Tess McVoy, responsable de incidencia política del Servicio Internacional para los Derechos Humanos, afirmó que perseguir a defensores como El Hafidi por su defensa pacífica de la autodeterminación pone de relieve la necesidad de garantizar el acceso sin restricciones a los mecanismos de DDHH de la ONU y de África, así como de brindar protección a los defensores de los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental.
Hassana Moulay Badi, de la Asociación para la Protección de los Presos Saharauis en las Cárceles Marroquíes, afirmó que esta decisión «confirma la realidad cotidiana que viven los presos saharauis detenidos por sus opiniones y posturas. Durante años, hemos documentado cómo las autoridades marroquíes utilizan condiciones carcelarias degradantes, el aislamiento y la denegación de atención médica como instrumentos de castigo contra quienes se atreven a alzar la voz en defensa de nuestro derecho a la autodeterminación».
El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura instó a Marruecos a que concediera a Hafidi una reparación integral, que incluyera una indemnización por los daños materiales y morales sufridos, su rehabilitación y garantías de no repetición, y también exigió que se abstuviera de cualquier acto de presión, intimidación o represalia contra él, y que adoptara las medidas necesarias para prevenir la repetición de las violaciones, incluido el establecimiento de un mecanismo capaz de llevar a cabo investigaciones independientes e imparciales sobre las denuncias de malos tratos y las condiciones de detención.
El comité también otorgó a las autoridades marroquíes un plazo de 90 días a partir de la fecha de aprobación de la resolución para que le informaran de las medidas que habían adoptado para implementar lo que en ella se establece.
Se observa que los datos proporcionados por el Comité en la Decisión CAT/C/84/D/1134/2022 indican que Al-Hafizi presentó su denuncia ante el Comité contra la Tortura el 9 de junio de 2022, por la violación de varios artículos de la Convención contra la Tortura, por lo que se concluyó que se había producido una violación del artículo 16 y de los artículos 12 y 13 de la Convención.
SPS agrega que El Comité también observó que Marruecos no había aportado pruebas suficientes sobre las dimensiones reales de la celda ni sobre el suministro de agua potable. Expresó su «grave preocupación» por el hecho de que se fumara dentro de la celda, la ausencia de ventanas y la consiguiente falta de luz natural y ventilación, así como por la calefacción insuficiente. En este sentido, tras evaluar todas las condiciones, el Comité concluyó que la detención de Hafidi en la prisión de Ait Melloul constituía un trato degradante y subrayó que las autoridades marroquíes no habían garantizado una investigación pronta e imparcial de las denuncias relativas a estas condiciones


